El propietario del predio sirviente no puede impedir el ejercicio de la servidumbre. Esto asegura que el derecho de servidumbre se respete y se ejecute adecuadamente.
Prohibición de impedir el uso de servidumbre El propietario del predio sirviente no puede impedir el ejercicio o menoscabar el uso de la servidumbre. Si por razón de lugar o modo la servidumbre le es incómoda, podrá ser variada si no perjudica su uso. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si impides el uso de la servidumbre, podrías enfrentar acciones legales por parte del propietario del predio dominante.
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