CC

Artículo 132. Disolucion del comite

El Ministerio Publico puede solicitar la disolucion del comite y la rendicion de cuentas si no se cumple la finalidad propuesta. Esto protege los intereses de los aportantes.

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Texto Legal

Disolución y rendición de cuentas a pedido del Ministerio Público Cumplida la finalidad propuesta, o si ella no se hubiera podido alcanzar, el Ministerio Público solicita de oficio o a instancia de parte, la disolución del comité y la rendición judicial de cuentas, proponiendo la afectación del haber neto resultante a fines análogos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental cumplir con los objetivos del comite, ya que el incumplimiento puede llevar a su disolucion y a la perdida de recursos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 132 del CC?

El Ministerio Publico puede solicitar la disolucion del comite y la rendicion de cuentas si no se cumple la finalidad propuesta. Esto protege los intereses de los aportantes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 132 de la CC?

Es fundamental cumplir con los objetivos del comite, ya que el incumplimiento puede llevar a su disolucion y a la perdida de recursos.

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