CC

Artículo 138. Asamblea General

La asamblea general es el organo supremo de las comunidades, donde se eligen directivos y representantes mediante voto. Este proceso garantiza la participacion democratica de los miembros.

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Texto Legal

Asamblea General La asamblea general es el órgano supremo de las comunidades. Los directivos y representantes comunales son elegidos periódicamente, mediante voto personal, igual, libre, secreto y obligatorio. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La correcta organizacion de la asamblea es crucial para asegurar la representatividad y transparencia en la gestion comunal, evitando conflictos internos y promoviendo la confianza entre los miembros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 138 del CC?

La asamblea general es el organo supremo de las comunidades, donde se eligen directivos y representantes mediante voto. Este proceso garantiza la participacion democratica de los miembros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 138 de la CC?

La correcta organizacion de la asamblea es crucial para asegurar la representatividad y transparencia en la gestion comunal, evitando conflictos internos y promoviendo la confianza entre los miembros.

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