CC

Artículo 188. Trasmisibilidad del cargo

La obligación de cumplir los cargos impuestos pasa a los herederos, a menos que sean inherentes a la persona del gravado. Esto afecta la planificación patrimonial.

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Texto Legal

Trasmisibilidad del cargo La obligación de cumplir los cargos impuestos para la adquisición de un derecho pasa a los herederos del que fue gravado con ellos, a no ser que sólo pudiesen ser cumplidos por él, como inherentes a su persona. En este caso, si el gravado muere sin cumplir los cargos, la adquisición del derecho queda sin efecto, volviendo los bienes al imponente de los cargos o a sus herederos.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental considerar cómo los cargos pueden afectar la herencia, ya que pueden complicar la transmisión de bienes y derechos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 188 del CC?

La obligación de cumplir los cargos impuestos pasa a los herederos, a menos que sean inherentes a la persona del gravado. Esto afecta la planificación patrimonial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 188 de la CC?

Es fundamental considerar cómo los cargos pueden afectar la herencia, ya que pueden complicar la transmisión de bienes y derechos.

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