Se considera error esencial cuando afecta la esencia del objeto del acto o las cualidades personales de la otra parte. Esto puede llevar a la anulación del acto.
Error esencial El error es esencial: 1. Cuando recae sobre la propia esencia o una cualidad del objeto del acto que, de acuerdo con la apreciación general o en relación a las circunstancias, debe considerarse determinante de la voluntad. 2. Cuando recae sobre las cualidades personales de la otra parte, siempre que aquéllas hayan sido determinantes de la voluntad. 3. Cuando el error de derecho haya sido la razón única o determinante del acto. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si el error afecta aspectos fundamentales de un contrato, podrías tener una base para anularlo, pero debes demostrar la naturaleza del error.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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