Las disposiciones sobre error se aplican cuando el error afecta la naturaleza del acto o la identidad de las partes. Esto amplía el alcance de la anulabilidad.
Casos en que el error en la declaración vicia el acto jurídico Las disposiciones de los artículos 201 a 207 también se aplican, en cuanto sean pertinentes, al caso en que el error en la declaración se refiera a la naturaleza del acto, al objeto principal de la declaración o a la identidad de la persona cuando la consideración a ella hubiese sido el motivo determinante de la voluntad, así como al caso en que la declaración hubiese sido trasmitida inexactamente por quien estuviere encargado de hacerlo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si hay un error en la declaracion que afecta la naturaleza del acto, puedes tener una base para anularlo, pero debes probar el error.
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