Las acciones de nulidad y anulabilidad no se transmiten a los herederos, aunque estos pueden continuar acciones iniciadas por el causante. Esto establece límites claros sobre quién puede actuar.
Carácter personal de las acciones de nulidad y anulabilidad La acción a que se contraen los artículos 274, incisos 1, 2 y 3, y 277 no se trasmite a los herederos, pero éstos pueden continuar la iniciada por el causante. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es importante que los interesados en nulidad actúen personalmente, ya que sus derechos no se transfieren automáticamente a sus herederos.
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Art. 277. Causales de anulabilidad del matrimonio
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