CC

Artículo 280. Petición de invalidez por representación

La invalidez del matrimonio puede ser demandada por un apoderado si tiene facultades expresas, lo que permite que terceros actúen en nombre de los cónyuges. Esto facilita el acceso a la justicia.

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Texto Legal

Petición de invalidez por representación La invalidez del matrimonio puede ser demandada por apoderado si está facultado expresamente y por escritura pública, bajo sanción de nulidad. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Contar con un apoderado puede ser útil en casos donde los cónyuges no pueden actuar directamente, pero es esencial que la representación esté bien documentada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 280 del CC?

La invalidez del matrimonio puede ser demandada por un apoderado si tiene facultades expresas, lo que permite que terceros actúen en nombre de los cónyuges. Esto facilita el acceso a la justicia.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 280 de la CC?

Contar con un apoderado puede ser útil en casos donde los cónyuges no pueden actuar directamente, pero es esencial que la representación esté bien documentada.

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