CC

Artículo 337. Apreciacion judicial de injuria

La injuria grave y conducta deshonrosa son valoradas por el juez considerando la educación y costumbres de los cónyuges. Esto afecta la decisión judicial en casos de separacion.

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Texto Legal

Apreciación judicial de sevicia, injuria y conducta deshonrosa La sevicia, la injuria grave y la conducta deshonrosa son apreciadas por el Juez teniendo en cuenta la educación, costumbre y conducta de ambos cónyuges. De conformidad con la sentencia del Tribunal Constitucional contenida en el Exp. 018-96-I/TC , publicada el 13 de mayo de 1997 (link: lpd.pe/2wRbL ), se declara fundada en parte la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 337 del Código Civil, en la medida que la sevicia y la conducta deshonrosa que hace insoportable la vida en común sean apreciadas por el juez, teniendo en cuenta la educación, costumbre y conducta de ambos cónyuges; disposición que queda derogada. Asimismo, se declara infundada en lo referente a la injuria grave, disposición que queda vigente. El artículo 337 del Código Civil, en consecuencia, se entenderá referido exclusivamente a la causal de injuria grave. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La forma en que se aprecian estos conceptos puede influir en el resultado del juicio. Es fundamental presentar pruebas que respalden las alegaciones de injuria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 337 del CC?

La injuria grave y conducta deshonrosa son valoradas por el juez considerando la educación y costumbres de los cónyuges. Esto afecta la decisión judicial en casos de separacion.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 337 de la CC?

La forma en que se aprecian estos conceptos puede influir en el resultado del juicio. Es fundamental presentar pruebas que respalden las alegaciones de injuria.

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