CC

Artículo 339. Caducidad de la accion

Las acciones basadas en ciertas causales caducan a los seis meses o cinco años, dependiendo del caso. Esto establece plazos importantes para la presentación de demandas.

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Texto Legal

Caducidad de la acción La acción basada en el artículo 333, inciso 1, 3, 9 y 10, caduca a los seis meses de conocida la causa por el ofendido y, en todo caso, a los cinco años de producida. La que se funda en los incisos 2 y 4 caduca a los seis meses de producida la causa. En los demás casos, la acción esta expedita mientras subsistan los hechos que la motivan. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es vital actuar dentro de los plazos establecidos para no perder el derecho a demandar. Ignorar estos plazos puede resultar en la caducidad de la accion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 339 del CC?

Las acciones basadas en ciertas causales caducan a los seis meses o cinco años, dependiendo del caso. Esto establece plazos importantes para la presentación de demandas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 339 de la CC?

Es vital actuar dentro de los plazos establecidos para no perder el derecho a demandar. Ignorar estos plazos puede resultar en la caducidad de la accion.

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