Las acciones basadas en ciertas causales caducan a los seis meses o cinco años, dependiendo del caso. Esto establece plazos importantes para la presentación de demandas.
Caducidad de la acción La acción basada en el artículo 333, inciso 1, 3, 9 y 10, caduca a los seis meses de conocida la causa por el ofendido y, en todo caso, a los cinco años de producida. La que se funda en los incisos 2 y 4 caduca a los seis meses de producida la causa. En los demás casos, la acción esta expedita mientras subsistan los hechos que la motivan. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Es vital actuar dentro de los plazos establecidos para no perder el derecho a demandar. Ignorar estos plazos puede resultar en la caducidad de la accion.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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