CC

Artículo 349. Causales de Divorcio

El divorcio puede ser demandado por las causales especificadas en el Artículo 333. Esto proporciona un marco claro para las razones legales que justifican la disolución del matrimonio.

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Texto Legal

Causales de divorcio Puede demandarse el divorcio por las causales señaladas en el Artículo 333, incisos del 1 al 12. Artículo modificado por la Ley 27495 , publicada el 7 de julio de 2001 (link: lpd.pe/0LngO ).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Conocer las causales de divorcio permite a los cónyuges evaluar sus opciones y preparar su caso adecuadamente, evitando sorpresas en el proceso judicial.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 349 del CC?

El divorcio puede ser demandado por las causales especificadas en el Artículo 333. Esto proporciona un marco claro para las razones legales que justifican la disolución del matrimonio.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 349 de la CC?

Conocer las causales de divorcio permite a los cónyuges evaluar sus opciones y preparar su caso adecuadamente, evitando sorpresas en el proceso judicial.

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