El reconocimiento y la sentencia declaratoria son los únicos medios de prueba de la filiación extramatrimonial, lo que obliga a formalizar la relación.
Medios probatorios en filiación extramatrimonial El reconocimiento y la sentencia declaratoria de la paternidad o la maternidad son los únicos medios de prueba de la filiación extramatrimonial. Dicho reconocimiento o sentencia declaratoria de la paternidad o maternidad obliga a asentar una nueva partida o acta de nacimiento, de conformidad con el procedimiento de expedición de estas. Artículo modificado por la Ley 29032 , publicada el 5 de junio de 2007 (link: lpd.pe/0EqXV ). Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Sin los medios probatorios adecuados, un hijo extramatrimonial puede enfrentar dificultades para hacer valer sus derechos legales.
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