Se consideran absolutamente incapaces a los menores de dieciséis años, salvo excepciones específicas. Esto limita su capacidad para realizar actos jurídicos.
Incapacidad absoluta Son absolutamente incapaces: 1. Los menores de dieciséis años, salvo para aquellos actos determinados por la ley. 2. [ Derogado ] 3. [ Derogado ] Artículo modificado por los siguientes dispositivos: 1. Ley 29973 , publicada el 24 de diciembre de 2012, que derogó el numeral 3 (link: lpd.pe/26vbb ). 2. DL 1384 , publicado el 4 de setiembre de 2018, que derogó el numeral 2 (link: lpd.pe/pxRn8 ). Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La incapacidad absoluta de los menores significa que cualquier acto jurídico realizado por ellos puede ser anulado, lo que es crucial para proteger sus intereses y evitar abusos.
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