CC

Artículo 461. Extincion de patria potestad

La patria potestad se extingue por diversas causas, incluyendo la muerte de los padres o el cumplimiento de la mayoria de edad del hijo. Esto marca el fin de la responsabilidad parental.

patria potestadextincionmayoria de edad

Texto Legal

Causales de extinción de patria potestad La patria potestad se acaba: 1. Por la muerte de los padres o del hijo. 2. Por cesar la incapacidad del hijo conforme al artículo 46. 3. Por cumplir el hijo dieciocho años de edad. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los padres deben estar al tanto de que la extincion de la patria potestad implica la perdida de derechos y responsabilidades sobre el menor.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 461 del CC?

La patria potestad se extingue por diversas causas, incluyendo la muerte de los padres o el cumplimiento de la mayoria de edad del hijo. Esto marca el fin de la responsabilidad parental.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 461 de la CC?

Los padres deben estar al tanto de que la extincion de la patria potestad implica la perdida de derechos y responsabilidades sobre el menor.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 461 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 461 CC desde tu celular