Los derechos fundamentales como la vida y la libertad son irrenunciables y no pueden ser objeto de cesion. Este articulo protege los derechos esenciales de la persona.
Irrenunciabilidad de los derechos fundamentales El derecho a la vida, a la integridad física, a la libertad, al honor y demás inherentes a la persona humana son irrenunciables y no pueden ser objeto de cesión. Su ejercicio no puede sufrir limitación voluntaria, salvo lo dispuesto en el artículo 6. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo asegura que los derechos basicos de las personas no puedan ser vulnerados, lo que es crucial para cualquier contrato o acuerdo que se firme, ya que no se puede renunciar a estos derechos.
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