Los actos realizados por el tutor sin la autorización judicial requerida no obligan al menor, protegiendo sus derechos patrimoniales.
Actos realizados sin autorización judicial Los actos practicados por el tutor sin la autorización judicial requerida por los artículos 531 y 532, no obligan al menor sino dentro de los límites del segundo párrafo del artículo 456.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Cualquier acto realizado sin la debida autorización puede ser impugnado, lo que puede generar incertidumbre sobre la validez de las decisiones del tutor.
Anterior
Art. 535. Venta fuera de la subasta
Siguiente
Art. 537. Accion de nulidad por actos sin autorizacion
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo