El tutor tiene la obligacion de rendir cuentas de su administracion anualmente y al finalizar la tutela. Esta rendicion es clave para la transparencia en la gestion de los bienes del menor.
Obligación del tutor a dar cuenta El tutor está obligado a dar cuenta de su administración: 1. Anualmente 2. Al acabarse la tutela o cesar en el cargo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
No cumplir con esta obligacion puede resultar en sanciones para el tutor y afectar la confianza del menor y su familia en la gestion de sus bienes.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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