Este articulo establece que si un testamento no esta en castellano, el juez debe nombrar un traductor oficial. La traduccion debe ser firmada y autenticada, asegurando la validez del documento en el proceso sucesorio.
Traducción oficial de testamento Si el testamento estuviera escrito en idioma distinto del castellano, el juez nombrará un traductor oficial. Además, si el testador fuera extranjero, la traducción será hecha con citación del cónsul del país de su nacionalidad, si lo hubiera. Igualmente, el juez podrá nombrar un traductor si el testamento hubiera sido otorgado en sistema braille u otro medio o formato alternativo de comunicación. La versión será agregada al texto original, suscrita por el traductor con su firma legalizada por el secretario del juzgado. El juez autenticará también este documento con su firma entera y con el sello del juzgado. Esta disposición es aplicable también en la comprobación del testamento cerrado. Artículo modificado por la Ley 29973 , publicada el 24 de diciembre de 2012 (link: lpd.pe/26vbb ). Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se traduce adecuadamente un testamento en otro idioma, puede haber complicaciones legales que retrasen el proceso sucesorio y afecten los derechos de los herederos.
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