Los herederos voluntarios y legatarios sustitutos deben cumplir las mismas condiciones que el instituido, salvo disposición contraria del testador. Esto garantiza la equidad en la distribución de la herencia.
Igualdad de condiciones y cargos entre sustitutos e instituidos Los herederos voluntarios y legatarios sustitutos quedan sujetos a las mismas condiciones y cargos que el instituido, a menos que el testador disponga otra cosa, o que las condiciones y cargos impuestos sean por su naturaleza inherentes a la persona del instituido. Ver jurisprudencia aquí . Título V: Desheredación
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los testadores deben ser claros en sus disposiciones para evitar malentendidos sobre las condiciones que deben cumplir los sustitutos.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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