El testador puede fundamentar la desheredación en causales específicas de indignidad. Esto refuerza la capacidad del testador para excluir a herederos que no merecen heredar.
Desheredación por indignidad El testador puede fundamentar la desheredación en las causales específicas de ésta, enumeradas en los artículos 744 a 746, y en las de indignidad señaladas en el artículo 667. Ver jurisprudencia aquí .
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Conocer las causales de indignidad permite a los testadores tomar decisiones informadas sobre a quién excluir de la herencia.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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