Los descendientes del desheredado heredan por representacion la parte que le corresponderia si no hubiera sido excluido. Este articulo aclara que el desheredado no tiene derechos sobre los bienes adquiridos por sus descendientes menores o incapaces.
Herederos en representación de desheredado Los descendientes del desheredado heredan por representación la legítima que correspondería a este si no hubiere sido excluido. El desheredado no tiene derecho al usufructo ni a la administración de los bienes que por esta causa adquieran sus descendientes que sean menores de edad o incapaces. Ver jurisprudencia aquí . Título VI: Legados
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si no se considera este articulo, los derechos de los descendientes pueden verse afectados, lo que puede llevar a disputas familiares y complicaciones legales en la sucesion.
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