CC

Artículo 762. Legado de credito y condonacion de deuda

El legado de un credito solo tiene efecto sobre la parte que subsiste al momento de la muerte del testador. La entrega del titulo es obligatoria.

legadocreditodeuda

Texto Legal

Legado de crédito y condonación de deuda El legado de un crédito tiene efecto sólo en cuanto a la parte del mismo que subsiste en el momento de la muerte del testador. El heredero está obligado a entregar al legatario el título del crédito que le ha sido legado. El legado de liberación de una deuda comprende lo adeudado a la fecha de apertura de la sucesión.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es clave para entender la validez de los legados de credito y la necesidad de documentar adecuadamente las deudas en la sucesion.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 762 del CC?

El legado de un credito solo tiene efecto sobre la parte que subsiste al momento de la muerte del testador. La entrega del titulo es obligatoria.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 762 de la CC?

Este articulo es clave para entender la validez de los legados de credito y la necesidad de documentar adecuadamente las deudas en la sucesion.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 762 del CC?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 762 CC desde tu celular