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Artículo 805. Caducidad de testamento

El testamento caduca en ciertas condiciones, como la aparición de herederos forzosos o la renuncia de un heredero. Este articulo detalla las circunstancias que afectan la validez del testamento.

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Texto Legal

Caducidad de testamento El testamento caduca, en cuanto a la institución de heredero: 1. Si el testador deja herederos forzosos que no tenía cuando otorgó el testamento y que vivan; o que estén concebidos al momento de su muerte, a condición de que nazcan vivos. 2. Si el heredero renuncia a la herencia o muere antes que el testador sin dejar representación sucesoria, o cuando el heredero es el cónyuge y se declara la separación judicial por culpa propia o el divorcio. 3. Si el heredero pierde la herencia por declaración de indignidad o por desheredación, sin dejar descendientes que puedan representarlo. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Es fundamental estar al tanto de los herederos forzosos, ya que su aparición puede invalidar la voluntad del testador y generar disputas legales.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 805 del CC?

El testamento caduca en ciertas condiciones, como la aparición de herederos forzosos o la renuncia de un heredero. Este articulo detalla las circunstancias que afectan la validez del testamento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 805 de la CC?

Es fundamental estar al tanto de los herederos forzosos, ya que su aparición puede invalidar la voluntad del testador y generar disputas legales.

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