CC

Artículo 914. Presuncion de buena fe del poseedor

Se presume la buena fe del poseedor, salvo prueba en contrario. Este artículo protege al poseedor legítimo de reclamaciones infundadas.

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Texto Legal

Presunción de buena fe del poseedor Se presume la buena fe del poseedor, salvo prueba en contrario. La presunción a que se refiere este artículo no favorece al poseedor del bien inscrito a nombre de otra persona. Ver jurisprudencia aquí .

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Esta presuncion te protege en caso de disputas sobre la legitimidad de tu posesion. Sin embargo, es fundamental tener documentación que respalde tu buena fe para evitar problemas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 914 del CC?

Se presume la buena fe del poseedor, salvo prueba en contrario. Este artículo protege al poseedor legítimo de reclamaciones infundadas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 914 de la CC?

Esta presuncion te protege en caso de disputas sobre la legitimidad de tu posesion. Sin embargo, es fundamental tener documentación que respalde tu buena fe para evitar problemas.

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