Todo propietario tiene el derecho de cortar ramas y raíces que invadan su predio, protegiendo así su propiedad de daños. Este derecho puede ser ejercido con el apoyo de la autoridad municipal o judicial si es necesario.
Derecho al corte de ramas y raíces invasoras del predio Todo propietario puede cortar las ramas de los árboles que se extiendan sobre el predio y las raíces que lo invadan. Cuando sea necesario, podrá recurrir a la autoridad municipal o judicial para el ejercicio de estos derechos. Capítulo cuarto: Extinción de la propiedad
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Ejercer este derecho puede prevenir daños a tu propiedad y mantener su valor. Ignorar raíces invasoras puede resultar en costos mayores por daños estructurales.
Anterior
Art. 966. Obligación de deslinde y amojonamiento
Siguiente
Art. 968. Causales de extinción de la propiedad
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo