Toda persona, cualquiera que sea su edad, tiene capacidad para heredar, y no puede ser privada de ella sino en los casos expresamente determinados por la ley.
Articulo 1283. Toda persona, cualquiera que sea su edad, tiene capacidad para heredar, y no puede ser privada de ella sino en los casos expresamente determinados por la ley.
La sucesion es el mecanismo juridico mediante el cual se transmite el patrimonio de una persona fallecida a sus herederos y legatarios. Comprende tanto los bienes y derechos como las obligaciones que no se extinguen con la muerte.
Para la planeacion empresarial, la sucesion es un tema critico, pues la transmision de participaciones sociales, acciones y activos empresariales a los herederos puede afectar la continuidad del negocio si no se planifica adecuadamente.
SDV Asesores recomienda que los empresarios establezcan mecanismos de sucesion claros, incluyendo testamentos, fideicomisos y pactos entre accionistas, para garantizar la continuidad operativa de la empresa y la proteccion patrimonial de la familia.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores senala que la apertura de la sucesion al momento de la muerte genera efectos inmediatos sobre el patrimonio empresarial del fallecido. Los herederos adquieren derechos sobre la masa hereditaria desde el momento del fallecimiento, aunque la adjudicacion formal requiera tramites posteriores. En empresas familiares, esto significa que los herederos pueden participar en decisiones corporativas desde el fallecimiento del socio, previa aceptacion de la herencia.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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