Cuando la oferta se haga sin fijacion de plazo a un ausente, el autor de la oferta quedara ligado durante el tiempo suficiente para recibir contestacion.
Articulo 1805. Cuando la oferta se haga sin fijacion de plazo a un ausente, el autor de la oferta quedara ligado durante el tiempo suficiente para recibir contestacion.
Esta disposicion forma parte del regimen general de los contratos establecido en el Libro Cuarto del Codigo Civil Federal, que regula las obligaciones y los acuerdos de voluntades entre particulares.
Las reglas generales sobre contratos del CCF son aplicables supletoriamente a los contratos mercantiles conforme al articulo 2 del Codigo de Comercio, lo que las hace relevantes para toda la actividad empresarial.
Para SDV Asesores, el conocimiento profundo del regimen contractual civil es esencial para la correcta estructuracion de operaciones comerciales, la redaccion de contratos y la resolucion de controversias contractuales que puedan tener implicaciones fiscales.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para SDV Asesores, la revocacion de la oferta esta sujeta a limites temporales y formales que deben conocerse en la practica comercial. Una vez aceptada la oferta, el contrato se perfecciona y no puede revocarse unilateralmente sin incurrir en responsabilidad. Las empresas que emiten ofertas comerciales deben considerar cuidadosamente sus terminos, pues la aceptacion genera un vinculo contractual obligatorio.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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