El que tiene a un trabajador o empleado a su servicio es responsable de los actos de este, ejecutados en el ejercicio de sus funciones.
Articulo 1914. El que tiene a un trabajador o empleado a su servicio es responsable de los actos de este, ejecutados en el ejercicio de sus funciones.
Esta disposicion forma parte del regimen de responsabilidad civil extracontractual del Codigo Civil Federal, que establece la obligacion de reparar el dano causado a otro por actos ilicitos o actividades riesgosas.
La responsabilidad civil extracontractual es un tema de gran relevancia para las empresas, pues puede generar la obligacion de indemnizar a terceros por danos causados en el ejercicio de la actividad empresarial, ya sea por actos de sus empleados, por productos defectuosos o por actividades peligrosas.
SDV Asesores recomienda a las empresas implementar programas de gestion de riesgos, polizas de seguros de responsabilidad civil y protocolos de cumplimiento normativo para mitigar la exposicion a este tipo de responsabilidad.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
SDV Asesores destaca que la responsabilidad del patron por los actos de sus empleados realizados en el desempeno de sus funciones puede generar obligaciones de indemnizacion significativas. En la practica empresarial, los danos causados por trabajadores durante su jornada laboral generan responsabilidad solidaria del patron. Es recomendable capacitar al personal, implementar protocolos de seguridad y contratar seguros que cubran la responsabilidad patronal.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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