CCF

Artículo 451. Clases de tutela

La tutela es testamentaria, legitima o dativa. La tutela testamentaria es la que se confiere por testamento; la legitima, la que se defiere por ministerio de ley; y la dativa, la que se designa por autoridad judicial.

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Texto Legal

Articulo 451. La tutela es testamentaria, legitima o dativa. La tutela testamentaria es la que se confiere por testamento; la legitima, la que se defiere por ministerio de ley; y la dativa, la que se designa por autoridad judicial.

La tutela es una institucion de proteccion que busca suplir la incapacidad de una persona para administrar sus bienes y ejercer sus derechos por si misma.

En el contexto empresarial, la tutela es relevante cuando un socio o accionista pierde la capacidad de ejercicio por enfermedad u otra causa, pues el tutor asume la representacion legal y la administracion de sus bienes, incluyendo las participaciones sociales o acciones.

La designacion del tutor y las limitaciones a su gestion son importantes para la proteccion del patrimonio empresarial del incapaz, pues el tutor debe actuar en interes del pupilo y esta sujeto a la supervision judicial.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

SDV Asesores senala que la tutela testamentaria permite al empresario designar en su testamento a la persona que administrara los bienes de sus hijos menores o incapaces, incluyendo participaciones societarias. Esta modalidad es la mas recomendable para la planeacion patrimonial, pues permite elegir al tutor mas adecuado para la administracion del patrimonio empresarial. Las tutelas legitima y dativa operan cuando no existe designacion testamentaria.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 451 del CCF?

La tutela es testamentaria, legitima o dativa. La tutela testamentaria es la que se confiere por testamento; la legitima, la que se defiere por ministerio de ley; y la dativa, la que se designa por autoridad judicial.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 451 de la Codigo Civil?

SDV Asesores senala que la tutela testamentaria permite al empresario designar en su testamento a la persona que administrara los bienes de sus hijos menores o incapaces, incluyendo participaciones societarias. Esta modalidad es la mas recomendable para la planeacion patrimonial, pues permite elegir al tutor mas adecuado para la administracion del patrimonio empresarial. Las tutelas legitima y dativa operan cuando no existe designacion testamentaria.

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