La estimación de los daños puede realizarse mediante peritaje. La valuación se hará tomando en cuenta el valor de los frutos y productos al tiempo de la cosecha como si no hubiera habido siniestro, y el valor de éstos después del daño; la diferencia entre ambos valores constituirá el monto indemnizable. Cualquiera de las partes, salvo pacto en contrario, podrá postergar la liquidación del daño hasta la época de la cosecha.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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