CCom

Artículo 1101. Aviso de siniestro

Texto Legal

El asegurado, dentro de las veinticuatro horas de conocido el hecho si no se acuerda un plazo mayor, dará aviso de la muerte del animal y de cualquier enfermedad o accidente que sufra como consecuencia de un hecho comprendido o no en el riesgo cubierto.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1101 del CCom?

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