CCom

Artículo 1114. Seguro de daños indirectos

Texto Legal

Son válidos los seguros de daños indirectos, tales como el seguro de interrupción, de uso y ocupación, pérdida de beneficios y otros, que sean consecuencia de daños materiales directos causados por riesgos asegurados o asegurables. Capítulo IIIReaseguros

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1114 del CCom?

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