CCom

Artículo 1123. Suma asegurada

Texto Legal

En el seguro de personas, la prestación a cargo del asegurador tendrá como límite el libremente determinado por las partes contratantes. Ocurrido el siniestro o el acontecimiento previsto en el contrato, el asegurador debe pagar la suma estipulada o rentas convenidas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1123 del CCom?

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