El valor asegurable en el seguro de mercaderías estará constituida por su costo en el lugar de destino, añadiendo un porcentaje razonable por lucro cesante. En el seguro de flete el valor asegurable comprenderá el importe del mismo a cargo del asegurado, incluyendo el costo del seguro. El valor asegurable de la nave será el valor de la misma, agregando todos sus accesorios a la fecha de la celebración del contrato de seguro. Las partes podrán pactar la inclusión de los gastos de armamento, aprovisionamiento y costo del seguro. Sección IIPóliza
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