CCom

Artículo 122. Rematadores considerados consignatarios

Texto Legal

Cuando no se hallen presentes los dueños de los bienes a rematarse, los rematadores se reputarán consignatarios y, como tales, están sujetos a las disposiciones del Capítulo "Comisiones y Consignaciones".

Preguntas Frecuentes

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