CCom

Artículo 1229. Derechos especiales del autor

Texto Legal

El autor conserva el derecho de introducir en su obra las correcciones, enmiendas o mejoras que le parecieran necesarias hasta que la obra entre en prensa. Asimismo, conserva como derecho inherente a la propiedad de su obra el de exigir en las impresiones copias o reproducciones de la misma la fidelidad de su título y texto, así como la mención correcta de su nombre o seudónimo.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1229 del CCom?

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