CCom

Artículo 1347. Contrato de cuenta corriente

Texto Legal

El contrato de cuenta corriente entre el Banco y el cuentacorrentista constará por escrito, conteniendo los derechos y obligaciones que se deriven para ambas partes. El Banco podrá aceptar solicitudes de apertura de cuenta corriente a personas capaces para contratar y que gocen de crédito en opinión reservada del Banco.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1347 del CCom?

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