Si el ahorrista no deposita tres cuotas sucesivas de ahorro, a pesar del requerimiento escrito que se le haga, el Banco o la entidad de crédito podrán rescindir el contrato sin necesidad de declaración judicial. Rescindido el contrato, el Banco o la entidad de crédito, mediante comunicación dirigida al ahorrista, harán conocer su decisión y pondrá la disposición del titular el saldo resultante a su favor.
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