CCom

Artículo 1433. Prohibicion

Texto Legal

Está prohibido colocar en las cajas sustancias o drogas peligrosas o inflamables; explosivos, ácidos corrosivos o de cualquier otro género peligroso, reservándose el Banco a este fin, el derecho de inspeccionar, o, en su caso, de pedir la inmediata desocupación, procediendo, en caso contrario, a la apertura de la caja con intervención de notario y, en su caso, pasando los antecedentes al Ministerio Público.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1433 del CCom?

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