CCom

Artículo 1449. Expedicion de certificado o 'boleta de garantia'

Texto Legal

Independientemente del contrato de fianza, se extenderá por el Banco o entidad de crédito un certificado o boleta de garantía que contendrá, por lo menos, los siguientes datos: Mención de fianza bancaria, inserta en su texto;Nombre y domicilio de la entidad afianzadora;Nombre o denominación de la persona, natural o jurídica, a cuyo favor se otorgue;Nombre y demás datos que identifiquen al fiado o deudor;Mención de las obligaciones garantizadas, condiciones y circunstancias de la fianza;Valor afianzado y plazo de vencimiento de la fianza;Lugar y fecha de expedición, yFirma autógrafa del representante de la entidad afianzadora.

Preguntas Frecuentes

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