CCom

Artículo 1472. Procedencia

Texto Legal

El peritaje es procedente cuando la apreciación de hechos controvertidos requiera conocimientos especiales. Este medio de prueba es admisible cuando: Lo estipule el contrato para probar determinados hechos previstos en el mismo;La ley o el juez dispongan la prueba pericial en puntos controvertidos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1472 del CCom?

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