Para vigilar la administración de la quiebra y la actuación del síndico, se designará entre los acreedores uno a cinco interventores, según la cuantía e importancia de la quiebra. Los interventores representarán a los acreedores en el trámite de la quiebra. Igualmente, se podrá nombrar los suplentes necesarios.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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