CCom

Artículo 1644. Solicitud de convenio

Texto Legal

La quiebra puede concluir también por convenio resolutorio. En tal caso, el quebrado deberá presentar su proposición de convenio dentro de los veinte días contados desde la última publicación de edictos a que se refiere el artículo 1.552. No se aceptará la solicitud cuando la quiebra se haya declarado por aplicación de alguna de las causas que originaron el fracaso del procedimiento de convenio preventivo o cuando se halle pendiente el cumplimiento de un convenio anterior.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1644 del CCom?

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