El concurso preventivo en el caso de Bancos, entidades de crédito y de seguro se tramitará por intermedio del órgano administrativo de fiscalización, el cual dictaminará sobre la procedencia o no del concurso. El convenio, una vez celebrado entre el deudor y sus acreedores, con sujeción a lo prescrito precedentemente, deberá ser homologado por el juez competente dentro de los diez días siguientes a su celebración.
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