CCom

Artículo 173. Caracteristicas

Texto Legal

En la sociedad Colectiva todos los socios responden de las obligaciones sociales en forma solidaria e ilimitada.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 173 del CCom?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 173 del CCom?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 173 CCom desde tu celular