La admisión de nuevos socios o la transmisión de parte de interés en la sociedad requieren el consentimiento de todos los socios, salvo pacto en contrario, e implican la modificación del contrato social. Los efectos del retiro de un socio son oponibles a terceros desde su inscripción en el Registro de Comercio.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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