CCom

Artículo 349. Casos de limitacion del derecho preferencial

Texto Legal

La junta general extraordinaria puede resolver con carácter excepcional, la limitación del derecho de preferencia en la suscripción de nuevas acciones solamente cuando el interés de la sociedad exija el pago de obligaciones preexistentes con acciones liberadas o cuando se trate de aportes de bienes en pago de acciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 349 del CCom?

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