CCom

Artículo 356. Caracteristicas

Texto Legal

En la sociedad en comandita por acciones los socios gestores responden por las obligaciones sociales como los socios de la sociedad Colectiva. Los socios comanditarios limitan su responsabilidad al monto de las acciones que hayan suscrito. Sólo los aportes de los socios comanditarios se representan por acciones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 356 del CCom?

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