CCom

Artículo 36. Obligacion de llevar contabilidad

Texto Legal

Todo comerciante está en la obligación de llevar una contabilidad adecuada a la naturaleza, importancia y organización de la empresa, sobre una base uniforme que permita demostrar la situación de sus negocios y una justificación clara de todos y cada uno de los actos y operaciones sujetos a contabilización, debiendo además conservar en buen estado los libros, documentos y correspondencia que los respalden.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del CCom?

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