CCom

Artículo 479. Marcas de uso simultaneo

Texto Legal

En la producción, bajo determinados procedimientos y fórmulas que aseguren la calidad uniforme de productos, está permitido, si así conviene el uso simultáneo de una marca colectiva.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 479 del CCom?

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